¿Es legal instalar cámaras de seguridad en el interior de una oficina?

Actualmente es un tema que está en boca de todos. La instalación de cámaras de videovigilancia en los entornos laborales se debe a que sus dueños quieren por un lado obtener la vigilancia y protección tanto de sus trabajadores como del espacio de trabajo y por otro, supervisar de manera gráfica la actividad de sus empleados y así poder asegurar que se cumplen todos los protocolos.

Por lo tanto, ante la demanda de este tipo de sistemas de seguridad en las empresas, sí es legal proceder a su instalación. Además, esta actividad se recoge dentro de la normativa de la protección de datos como de la propia legislación laboral.

Cómo aplicar este derecho

Antes de realizar cualquier tipo de instalación previamente se han de consultar y mantener los derechos fundamentales de los empleados de la empresa, entre los que se pueden encontrar los derechos a la propia imagen y el derecho a la protección de datos. Por lo tanto, se prohíbe la instalación de cámaras de seguridad en espacios públicos del entorno laboral, como por ejemplo los vestuarios, los espacios habilitados para el descanso de los trabajadores o evidentemente los aseos.

Asimismo, el montaje de estas cámaras de seguridad han de guardar el principio de proporcionalidad entre el tipo de los datos que recogen y con qué objetivo, es decir, que el tratamiento de las imágenes grabadas se encuentren dentro de unos límites siempre bajo la finalidad para la que se hayan instalado y que el tratamiento de los datos sea pertinente.

La misma normativa dice que los archivos grabados y recogidos pueden almacenarse hasta 30 días como máximo, tras ese tiempo su eliminación es obligatoria. No obstante, si se observa cualquier tipo de delito o de incumplimiento de los protocolos podrán utilizarse como pruebas y presentarlo a los organismos correspondientes en el plazo máximo de 72 horas.

El propietario y benefactor de estos sistemas de seguridad está completamente obligado a informar a los trabajadores sobre la colocación de cámaras de seguridad dentro del espacio de trabajo, los datos que van a ser grabados y cuál va a ser la finalidad de ésta.

Una pregunta común, ¿quién puede visualizar las imágenes grabadas?

Normalmente cuando se instalan cámaras de videovigilancia también se contrata un sistema de alarmas que esté conectado a ellas, para poder afianzar todavía más seguridad de la oficina y sus trabajadores.

Las alarmas más eficientes y prestigiosas están controladas por una CRA o Central Receptora de Alarmas. El CRA es un centro donde los especialistas en seguridad controlan los distintos avisos que reciben de los sistemas de alarmas que tienen conectados. Reciben avisos muy diversos:

  • Por intento de robo.
  • Diferentes avisos de emergencia.
  • Las posibles emergencias sanitarias o avisos de teleasistencia que se transmitan a través de la alarma.
  • Coacción.
  • Ataques de un inhibidor de frecuencia.

Por lo tanto, tienen acceso a las imágenes que grabe nuestra cámara de videovigilancia, siempre y cuando esté conectada a un sistema de alarma y ésta a su vez a la correspondiente Central Receptora de Alarmas. De este modo, pueden ver las imágenes grabadas el propio usuario del sistema y en casos concretos la CRA.

Tipos de cámaras de videovigilancia

Estos son los más comunes:

  • Las cámaras IP: las más eficientes del mercado ya que se mantienen conectadas al wifi del negocio.
  • El CCTV: o circuito cerrado de televisión, tiene un coste más elevado por contar con una tecnología muy avanzada.
  • Cámaras con infrarrojos: muy eficientes para filmar imágenes en la oscuridad y visualizar presencias por el calor que desprenden.
  • Cámaras ocultas: son prácticamente invisibles y sumamente discretas, para poder colocarlas desde cualquier lugar.

 «Fuente: Selectra»

Alejandro López-Royo